El derecho que se rindió por cansancio

Una columna sobre la propiedad y un sistema que ha convertido un derecho en inseguridad e incertidumbre.

El derecho que se rindió por cansancio

Cuando era muy joven, Gonzalo compró un terreno en Sauce de Portezuelo. Tenía el sueño de tener algo propio en la costa uruguaya, un lugar al que volver, aunque viviera del otro lado del río. Corrían los años setenta. Firmó la escritura, la inscribió, y durante casi cuatro décadas ese terreno fue apenas eso: un papel en un cajón y una promesa pendiente. Pasaron los años, pasó una vida entera, hasta que Gonzalo decidió que había llegado el momento de hacer el sueño realidad: construir una casa, usarla algunos meses al año, alquilarla el resto para que se pagara sola. Uno de esos planes modestos y razonables que sostienen media costa uruguaya.

Me escribió entonces, buscando que alguien de la zona lo orientara. Yo estaba al frente de la Asociación de Fomento y Turismo, y lo ayudé con lo básico: un agrimensor de confianza, un contacto para la construcción, cómo moverse en los trámites de la Intendencia. Nada extraordinario, el tipo de gestión que hacemos todo el tiempo con quien quiere instalarse en Sauce de Portezuelo y no conoce los códigos del lugar. Gonzalo preguntaba, planificaba, avanzaba de a poco, como corresponde a alguien que piensa construir para quedarse, no para especular.

Un tiempo después llegó al terreno para seguir avanzando y se encontró con que ya no era del todo suyo. Un vecino lindero había cruzado el límite: alambrado nuevo, un galpón precario, la conexión de agua de su propia vivienda extendida sobre terreno ajeno. Y árboles talados sin pedir permiso a nadie, porque para el que ocupa, pedir permiso ya no es parte del plan.

El día que llegó, el vecino le dijo que el terreno era suyo.

Nada de esto pasó de un día para el otro. La ocupación se construye de a poco, con gestos que por separado parecen menores: un alambrado que "por las dudas" se corre unos metros, una piscina que se instala "mientras tanto", una conexión de agua que resuelve un problema doméstico inmediato y de paso deja una marca sobre el terreno del vecino. Cada paso, tomado solo, es difícil de frenar a tiempo, y hasta parece exagerado ir a la Justicia por una manguera o un alambre corrido. El conjunto, con los meses, se vuelve otra cosa: un hecho consumado, un uso que empieza a parecerse a una posesión.

Es un patrón conocido en cualquier zona donde conviven terrenos baldíos de propietarios ausentes con vecinos que sí viven ahí todo el año. El baldío se percibe como un espacio disponible, casi vacante, y el que está cerca termina tratándolo como una extensión natural de lo suyo. No hace falta mala fe explícita para empezar, alcanza con la comodidad de que nadie mira, y con el tiempo la comodidad se transforma en costumbre, y la costumbre en reclamo.

Ahí está la trampa del sistema: la ley protege al propietario en el papel, pero no actúa sola, no tiene ojos ni patrullaje propio. Mientras Gonzalo vivía en otro país, viajaba pocas veces al año y no tenía manera de vigilar su terreno, el que ocupaba tenía todo el tiempo del mundo y la ventaja de estar ahí, todos los días, afianzando cada metro ganado. La propiedad, en los hechos, termina siendo de quien la usa y la sostiene en el tiempo, no de quien la tiene escriturada y vive lejos.

Gonzalo no hizo nada mal. Intentó primero la vía informal: pedir, reclamar, buscar que el ocupante retirara sus cosas por las buenas, apelando a eso que en un pueblo chico todavía debería pesar, el sentido común entre vecinos. No funcionó. Después fue por la vía formal: una citación a conciliación ante la Justicia, paso obligado antes de poder iniciar una acción de reivindicación. En el escrito quedó todo detallado, con la precisión fría de un documento judicial: el alambrado, la pileta, el galpón precario, la conexión de agua, los árboles talados sin permiso, y un reclamo que incluía tanto el valor del terreno invadido como los daños y perjuicios causados.

Hacer las cosas bien tiene un costo que hacerlas mal no tiene.

Cada paso legítimo lleva tiempo, plata en abogados, viajes, y la incertidumbre de no saber cuánto va a durar el proceso ni si al final va a servir de algo. El que reclama carga con la prueba, con los plazos, con la distancia. Mientras tanto, el que ocupa no pierde nada por esperar: cada mes que pasa con el alambrado puesto es un mes que juega a su favor, un mes más de uso que después, en los hechos, alguien puede llegar a esgrimir como argumento.

La conciliación no resolvió nada. Lo que sigue no está en ningún expediente, es lo que el propio Gonzalo terminó contándome meses después: se cansó. Cansado de litigar a la distancia, de pagar abogados sin certeza de resultado, de coordinar viajes que no siempre podía hacer, de ver pasar los años sin poder tocar su propio terreno, el mismo que había comprado de joven soñando con un lugar en esta costa. Así que hizo lo que termina haciendo cualquiera que enfrenta una pelea desigual y no tiene más fuerzas para sostenerla: negoció con quien lo había despojado. Le vendió su terreno al mismo que lo ocupaba, por bastante menos de lo que valía.

No hubo sentencia, no hubo desalojo, no hubo justicia en el sentido estricto de la palabra. Hubo un cansancio que se impuso sobre un derecho, una rendición disfrazada de acuerdo comercial. Y hubo algo más silencioso todavía: un sueño de cuarenta años que terminó resuelto en una firma apurada, sin la casa, sin los veranos alquilados, sin nada de lo que Gonzalo había imaginado cuando compró ese terreno siendo joven.

No sé si este caso es una excepción o una entre varias que se repiten silenciosas en la costa, resueltas puertas adentro y sin dejar rastro público. Lo que sí sé es que el sistema, tal como está armado, no distingue: no importa si el dueño hizo todo bien, si tiene los papeles en regla, si actuó con paciencia y de buena fe, si compró de joven soñando con un pedazo de costa y esperó cuarenta años para poder usarlo. Cuando la ocupación se vuelve un hecho consumado y la distancia juega en contra del propietario, la ley deja de ser garantía y pasa a ser, en el mejor de los casos, un argumento de negociación, una carta más en una mesa donde el que tiene menos para perder juega con ventaja.

Quizás la pregunta que deja este caso no es qué hizo mal Gonzalo, porque no hizo nada mal, del principio al final. La pregunta es qué protección real tiene quien compra un terreno de buena fe en esta zona, si al final el que se queda con la tierra es el que tiene más paciencia para esperar y menos escrúpulos para avanzar. Y qué nos dice, de paso, sobre el lugar donde vivimos, que una historia así pueda cerrarse sin que nadie tenga que responder por nada.

Nota editorial:

I) La siguiente columna forma parte de un espacio de análisis y opinión sobre asuntos de interés público. Las reflexiones expresadas corresponden exclusivamente a su autor y se inscriben en el marco del debate público, la libertad de expresión y la discusión crítica de procesos sociales, institucionales y culturales vinculados a estos temas.

II) El nombre y algunos datos circunstanciales mencionados en esta columna fueron modificados para preservar la identidad de las personas involucradas.

Aviso legal importante: El acceso a nuestras columnas en sus versiones de lectura, audio, y/o en cualquier otro formato y/o medio, implica que has entendido y aceptado sin reservas a todo evento y efecto legal todos los términos de este aviso legal.

Protección de identidad y privacidad
Las referencias a experiencias personales y situaciones particulares incluidas en esta columna se presentan preservando la identidad y privacidad de las personas involucradas. El nombre y algunos datos circunstanciales mencionados han sido modificados con esa finalidad. Los elementos descriptivos incluidos tienen por objeto contextualizar el análisis y no identificar a las personas referidas.

Esta columna de opinión está dirigida al público mayor de edad de Uruguay.

Esta columna de opinión constituye un espacio de análisis, reflexión y debate sobre asuntos de interés público vinculados a temas culturales, políticos, sociológicos, psicológicos y conductuales, en definitiva, a cuestiones relacionadas con la sociedad y el ser humano. También puede abordar temas científicos, ambientales o artísticos y su impacto en la sociedad y en el debate público.

Las opiniones, interpretaciones y valoraciones expresadas corresponden exclusivamente a su autor y se presentan en el marco del ejercicio legítimo de la libertad de expresión y del análisis crítico de temas de interés general. La difusión de la columna por parte del medio no implica necesariamente coincidencia o adhesión a todas las opiniones expresadas.

Fuentes de información y antecedentes
El contenido puede incluir referencias, citas o comentarios sobre información previamente publicada por terceros, tales como trabajos periodísticos, artículos académicos, investigaciones científicas, informes institucionales, documentos públicos u otros materiales disponibles en el dominio público o en medios de comunicación. así como también, cuando corresponda, documentos, antecedentes, relatos, testimonios, experiencias personales u otras fuentes consideradas relevantes para el análisis.

Dichas referencias se realizan con fines informativos, analíticos y de contextualización del debate público. Su inclusión no implica certificación de veracidad absoluta por parte del autor ni adopción automática de las interpretaciones o conclusiones contenidas en dichas fuentes.

Referencias institucionales
La columna puede mencionar individuos, instituciones públicas, organismos estatales, entidades académicas, organizaciones o empresas, sectores industriales y/o productivos de diversos tipos en el marco del análisis desarrollado en el texto.

Estas referencias se realizan exclusivamente con fines analíticos, informativos o reflexivos y no constituyen imputación de hechos ilícitos, acusaciones, atribución de responsabilidades legales ni afirmaciones concluyentes sobre conductas específicas de personas o instituciones.
Las menciones a sectores industriales, empresarios, sindicales, universitarios, u otros actores políticos, económicos, sociales y/o culturales tienen fines ilustrativos y analíticos. En ningún caso constituyen acusación de delitos, infracciones o conductas ilegales contra personas, empresas u organizaciones específicas.

Las referencias a organismos públicos, políticas educativas o programas estatales se realizan exclusivamente en el marco del análisis crítico de asuntos de interés público y no implican atribución de ilegalidades, incumplimientos o responsabilidades jurídicas específicas.

Información basada en fuentes públicas: los datos y ejemplos provienen de informes públicos, estudios académicos, ONGs y medios periodísticos. La columna refleja análisis y reflexión del autor sobre tendencias, externalidades y dinámicas del tema tratado, no investigaciones judiciales ni acusaciones directas.

Naturaleza de análisis y opinión
El contenido del texto tiene naturaleza de análisis, opinión y reflexión. Las opiniones, interpretaciones, valoraciones, preguntas e hipótesis incluidas en la columna deben entenderse dentro de ese marco y distinguirse de los hechos y antecedentes que sirven de contexto al análisis.
El texto debe interpretarse en su totalidad y contexto general, considerando el carácter argumentativo propio de una columna de opinión. Las frases o fragmentos aislados no deben interpretarse de forma descontextualizada ni utilizarse para atribuir afirmaciones que no surjan del conjunto del análisis y en ningún caso deben tomarse como afirmaciones categóricas de hechos verificables ni como imputaciones personales.

Actualización y evolución de la información
La columna se elabora a partir de información disponible al momento de su redacción, que puede incluir documentos, antecedentes públicos o privados, relatos, testimonios, experiencias personales y otras fuentes consideradas relevantes para el análisis.

Dado que la información disponible puede ampliarse, complementarse, corregirse o reinterpretarse con el tiempo, algunos datos, contextos o interpretaciones mencionados en el análisis podrían verse posteriormente complementados, revisados o actualizados por nuevos antecedentes, documentos, testimonios, publicaciones o aclaraciones.

La existencia de interpretaciones diferentes, información adicional o revisiones posteriores forma parte de la dinámica normal del debate público y del conocimiento de los hechos.

En consecuencia, eventuales diferencias de interpretación, imprecisiones involuntarias u omisiones no intencionales derivadas de la información disponible al momento de la redacción no implican mala fe ni intención de desinformar por parte del autor o del medio que difunde la columna.

Ausencia de asesoramiento profesional
Las referencias a normas jurídicas, políticas públicas, procesos administrativos, efectos psicológicos, sociológicos o culturales, así como a cualquier concepto técnico o especializado, se realizan exclusivamente con fines ilustrativos y analíticos. En ningún caso el contenido de esta columna constituye asesoramiento legal, técnico, científico, médico, psicológico ni profesional de ningún tipo, ni establece relación profesional alguna, ni sustituye la consulta con especialistas debidamente calificados.

Limitación de responsabilidad
Ni el autor ni el medio que difunde la columna asumen responsabilidad por las interpretaciones, inferencias, decisiones o acciones que terceros puedan adoptar a partir de la lectura, reproducción o difusión del contenido.

El contenido tiene carácter exclusivamente informativo, opinativo y reflexivo y no constituye prueba, evidencia ni fundamento para acciones legales, administrativas o judiciales de ningún tipo.

Reproducción, difusión y plataformas
El presente aviso legal se aplica a todas las formas de difusión, reproducción o circulación del contenido, incluyendo —sin limitarse a ello— su publicación escrita, versiones audiovisuales, grabaciones sonoras, podcasts, plataformas digitales, redes sociales, servicios de audio bajo demanda, material promocional o cualquier otro formato de distribución.

Esta cobertura se extiende a todo medio, soporte, tecnología o sistema de difusión existente en la actualidad o que pueda desarrollarse en el futuro, independientemente de su formato o modalidad de transmisión.

Material gráfico y audiovisual
Las imágenes, ilustraciones, gráficos, sonidos o materiales audiovisuales utilizados para acompañar la columna pueden provenir de archivos, bancos de imágenes, material de libre uso o herramientas de generación mediante inteligencia artificial. Los elementos audiovisuales de promoción de la columna fueron creados por Ballena Rabiosa utilizando el tipo de materiales antes referidos bajo la licencia correspondiente.
En esta columna, las imágenes utilizadas para su ilustración y promoción han sido generadas mediante inteligencia artificial. No corresponden a personas reales ni constituyen representaciones de las personas mencionadas en el texto. Cualquier semejanza con personas reales es mera coincidencia.

Estos elementos se emplean con fines ilustrativos, simbólicos o artísticos y no deben interpretarse necesariamente como representaciones literales de hechos, acciones, intenciones, personas , instituciones u organizaciones reales de cualquier tipo.

Derechos de autor
Todos los derechos de autor y de propiedad intelectual del contenido original de esta columna, incluyendo texto, audio y cualquier material creado por el autor y/o por Ballena Rabiosa, están reservados y son propiedad de Ballena Rabiosa y/o el autor. El contenido puede ser leído, escuchado o descargado para uso personal, pero no puede ser reproducido, distribuido, publicado o utilizado de manera parcial o total sin autorización expresa.

Se aclara que esta protección no se extiende a marcas, logos, nombres comerciales, imágenes u otros materiales de terceros incluidos en la columna, cuyos derechos permanecen bajo sus respectivos propietarios.

Propiedad intelectual de terceros
Los derechos de autor, de propiedad intelectual y de cualquier otro tipo correspondientes a textos, citas, imágenes, gráficos, fotografías, videos, sonidos, marcas, logos, nombres comerciales, bases de datos u otros materiales pertenecientes a terceros corresponden y son propiedad de sus respectivos titulares. Su inclusión en esta columna se realiza únicamente con fines informativos, analíticos o ilustrativos, no implica transferencia de derechos ni asociación institucional, y no constituye pretensión de titularidad sobre dichos materiales o derechos por parte del autor o de Ballena Rabiosa.

Neutralidad y responsabilidad ética
El contenido de la columna se produce y difunde de buena fe con el propósito de contribuir al debate público y a la reflexión sobre eventos y procesos de interés público.

Las referencias a instituciones, organizaciones o actores mencionados se realizan exclusivamente en el marco del análisis de asuntos de interés público y no persiguen afectar la reputación de personas, organismos o entidades ni atribuir responsabilidades jurídicas específicas.

Ley aplicable y jurisdicción
El presente aviso legal y sus efectos se rigen por las leyes de la República Oriental del Uruguay. Cualquier controversia derivada de su interpretación o aplicación será sometida a los tribunales competentes del Departamento de Maldonado, Uruguay, con renuncia expresa a cualquier otro fuero o jurisdicción.

Lo último en Sociedad