Prospección sísmica: la transparencia de los datos

Prospección sísmica: Lo que el Estado recibe merece tanto debate como lo que autoriza. Mientras el beneficio económico de la exploración offshore sigue siendo una posibilidad futura y enigmática, persisten interrogantes sobre los costos ambientales y sobre la información que realmente obtiene el país. ¿Qué datos recibe el Estado? ¿En qué condiciones? ¿Y cuánto de ese proceso puede ser evaluado por la ciudadanía?

Prospección sísmica: la transparencia de los datos

Entre marzo y abril de 2026, a unos 180 kilómetros de la costa uruguaya, un buque equipado con cañones de aire comprimido recorrió 2.645 kilómetros cuadrados del Atlántico Sur disparando pulsos de sonido de hasta 260 decibeles hacia el fondo marino.

El objetivo declarado fue obtener imágenes del subsuelo para determinar si hay petróleo o gas en la plataforma continental uruguaya.

El procedimiento se llama prospección sísmica.

Un modelo poco discutido

En junio de 2024, ANCAP firmó cuatro acuerdos con las empresas sísmicas Searcher, PGS, Viridien y TGS para la adquisición de entre 5.000 y 45.000 km² de datos sísmicos 3D en el offshore uruguayo. (Tras la fusión entre TGS y PGS, el trámite ambiental de TGS quedó sin efecto.) El mecanismo es el llamado contrato multicliente: las empresas de servicios geofísicos invierten su propio capital, ejecutan las campañas y luego licencian los datos a tantas empresas petroleras como puedan. ANCAP no paga nada y como contrapartida recibe el set de datos y el reconocimiento de un porcentaje, que no se hace público, de las eventuales ventas de licencias a las petroleras.

En su formulación más simple, la lógica parece beneficiosa para el Estado: Uruguay obtiene información geológica relevante sobre su plataforma continental sin desembolsar dinero, mientras las empresas asumen el riesgo. Pero esa ecuación merece una revisión más cuidadosa.

De acuerdo con lo que se cita en la web de ANCAP, en la Sección Exploración y Producción de Hidrocarburos (https://www.ancap.com.uy/2389/2/contratos-multicliente.html), “como contrapartida, la empresa de servicios posee el derecho exclusivo de comercializar estos datos por un período de tiempo definido.” No se especifica el tiempo de esa exclusividad.

Qué recibe el Estado

Los contratos multicliente le otorgan a ANCAP acceso a datos sísmicos procesados. La propia ANCAP reconoce en su web que es dueña de todos los datos e información generados en el marco de estos contratos. En algunos casos, como el Proyecto Tannat (contrato multicliente de ANCAP para la adquisición y procesamiento de datos sísmicos en el offshore uruguayo), el producto reprocesado fue explicitado como propiedad de ANCAP.

La cuestión es qué significa esa propiedad en términos prácticos.

Los datos sísmicos son archivos complejos, voluminosos y difíciles de interpretar. Para procesarlos y analizarlos hacen falta software especializado, equipamiento costoso, experiencia geofísica y capacidad de cómputo. ANCAP cuenta con una Gerencia de Exploración y Producción con experiencia y trayectoria en el análisis e interpretación de este tipo de datos. El punto, entonces, no pasa por la capacidad de análisis, sino por las condiciones en que esos datos llegan al Estado.

Aquí aparece la zona gris. No es público con qué nivel de detalle llegan esos datos: si se entrega el producto ya procesado (resultado de una cadena de decisiones técnicas tomadas por la empresa sísmica con sus propios algoritmos y criterios) o si también se incluyen los productos intermedios y la información de base que permitirían un trabajo plenamente independiente. Y no hay forma de saberlo desde afuera: el texto de los contratos no es público. Ni los formatos de entrega, ni los metadatos, ni los criterios de calidad o los protocolos de validación están disponibles para el escrutinio ciudadano.

En otras palabras, el Estado es dueño de un activo cuyo aprovechamiento pleno depende de condiciones (el formato de entrega, los metadatos, la trazabilidad del procesamiento) que hoy no están explicitadas públicamente.

Según lo conversado con geólogos de primer nivel, dan por descontada la capacidad de ANCAP para interpretar esos datos; el punto no es la pericia técnica, sino las condiciones en que el activo llega al Estado.

Un beneficio incierto, un costo presente

Mientras el beneficio económico sigue siendo hipotético y futuro (condicionado a un descubrimiento que en 50 años de intentos no se ha producido en aguas uruguayas), el costo ambiental es inmediato y está documentado por abundante evidencia científica.

Los cañones de aire comprimido utilizados en la sísmica marina generan pulsos que, en algunos casos, se detectan a muchos kilómetros de la fuente. Los efectos observados sobre ecosistemas marinos incluyen desplazamiento de cetáceos, interferencia con la comunicación de ballenas y mortalidad de zooplancton en radios considerables alrededor de la fuente sonora.

Especial atención merece el impacto sobre los distintos componentes del zooplancton, como las larvas de crustáceos y otros organismos pertenecientes al bentos, o sea, los organismos asociados al fondo marino.

A modo de ejemplo, copépodos, eufáusidos y decápodos en sus estadios larvales forman parte estructural del zooplancton en la plataforma continental del Atlántico Sudoccidental. La evidencia experimental muestra que la exposición a pulsos sísmicos puede causar daño físico, barotrauma y lesiones en tejidos blandos y órganos sensoriales. En un ecosistema marino, el impacto sobre la base de la cadena trófica no es un asunto menor.

Ese impacto no se limita a la cadena trófica. El cangrejo rojo (Chaceon notialis), principal recurso de crustáceos de aguas profundas del país, es un decápodo cuyas hembras liberan larvas que pasan a integrar ese mismo zooplancton. Es, además, una pesquería plenamente explotada y bajo manejo precautorio de la DINARA, sostenida por una especie de crecimiento lento y madurez tardía (entre los 5 y los 15 años), lo que la vuelve especialmente sensible a cualquier perturbación que comprometa su reclutamiento.

La DINARA evaluó la actividad de prospección sísmica en su Informe Técnico Nº 52, de 2015, referido a las campañas de 2014. Pero ese estudio se concentró en peces demersales, aves y mamíferos marinos: el cangrejo rojo apareció apenas como captura incidental de las redes de arrastre, un arte inadecuado para evaluarlo, porque esta especie, por su hábitat de fondo, se pesca con trampas, no con arrastre, de modo que esas campañas no lo relevaron de forma representativa. El zooplancton y las larvas tampoco se muestrearon. Y, como reconocieron los propios autores, los resultados no fueron concluyentes por el bajo número de lances y transectas. Conviene precisar el alcance de ese antecedente.

Cada campaña tiene su estudio de impacto ambiental, pero un EIA no mide impactos: es un documento predictivo que elabora la propia parte interesada y presenta dentro del trámite para obtener la autorización. Una medición de campo de los efectos reales de la sísmica sobre los recursos vivos del mar uruguayo, el Estado la hizo una sola vez: ese informe de 2015. Una década después, y con campañas de escala mucho mayor en curso, sigue siendo el único antecedente de ese tipo.

Las campañas sísmicas tampoco operan como un episodio aislado. Se extienden durante semanas o meses, lo que reduce la posibilidad de recuperación entre pulsos. Para limitar los efectos acumulativos, ANCAP establece que no se autorizará más de una prospección sísmica 3D sobre una misma área en un período de cinco años, en función del ciclo de vida de los principales recursos pesqueros. Es una salvaguarda concreta, pero esa referencia de cinco años queda corta frente a una especie como el cangrejo rojo, que madura entre los cinco y los quince años.

El Plan de Gestión Ambiental aprobado para la campaña 2026 establece como medida de protección la detención de las fuentes de sonido ante la presencia de cetáceos en un radio de 1.000 metros. Esa distancia, a la luz de la evidencia disponible, parece insuficiente: los efectos sobre fauna marina pueden extenderse mucho más allá de ese perímetro.

La expedición que llegó tarde

El cronograma también importa. En 2025, la Universidad de la República y el Schmidt Ocean Institute realizaron la expedición Uruguay Sub200, la primera exploración sistemática de los ecosistemas de aguas profundas del mar uruguayo. Sus resultados mostraron una biodiversidad de valor significativo que no había sido documentada previamente.

Esa expedición ocurrió en 2025, después de la firma de los contratos multicliente de 2024 y antes de que comenzara la primera campaña sísmica, a comienzos de 2026. Dicho de otro modo: Uruguay habilitó una perturbación acústica de escala industrial en un ecosistema cuya biodiversidad todavía no conocía.

Frente a eso, el argumento oficial de que la exploración petrolera y la protección ambiental son compatibles, merece una precisión no menor: Uruguay acaba de descubrir parte de su biodiversidad profunda mientras ya sonaban los cañones.

Namibia y el espejo argentino

La apuesta uruguaya tampoco nace en el vacío. Se apoya en la llamada analogía con Namibia: la idea de que, como hace más de 120 millones de años Sudamérica y África estaban unidas, lo que existe en la cuenca africana también podría encontrarse del otro lado del Atlántico. Es un argumento geológicamente plausible, pero también políticamente útil.

Argentina ya recorrió ese camino. Desde la conducción de YPF se viene planteando esa misma lógica. Su presidente y CEO, Horacio Marín, la resumió en la 11.ª edición de las Jornadas de Energía del diario Río Negro, en noviembre de 2025: «existe Namibia en el mar Argentino», y la petrolera tiene dos áreas —una en Argentina y otra en Uruguay, el bloque OFF-5— que serían el próximo foco para lograr perforar. El gobierno argentino convirtió esa hipótesis en política de Estado, autorizó prospección sísmica masiva y avanzó con consorcios que proyectaban reservas potenciales muy elevadas.

Después vino el pozo Argerich, perforado a 307 kilómetros de Mar del Plata y con un costo cercano a los USD 100 millones. El resultado fue seco. En los meses siguientes, Total, BP, Shell y QatarEnergy devolvieron bloques y se retiraron de la cuenca.

Uruguay utiliza el mismo argumento, pero lo hace después de que Argentina ya lo puso a prueba y obtuvo un resultado adverso, y después de que varias de las compañías involucradas se retiraran de la otra orilla. Eso no demuestra que no haya petróleo en aguas uruguayas. Pero sí debería elevar, no reducir, la exigencia de justificación pública.

El conocimiento, ¿es soberanía?

En la conversación con geólogos a la que hice referencia al inicio, me encontré con una idea compartida: generar conocimiento sobre el subsuelo marino es, en sí mismo, una forma de soberanía. Esto es casi textual.

Me señalaban, además, que la información obtenida en prospecciones anteriores le permitió a ANCAP negociar mejores condiciones en los contratos actuales, y que generó un conocimiento del fondo marino que antes no existía; algunos sostienen, incluso, que hizo posible la expedición Uruguay Sub200. Es un argumento atendible y no menor. Pero conviene marcar su alcance: esos geólogos hablan desde lo geológico y no entran en los efectos ambientales; algunos, incluso, relativizan que las afectaciones a mamíferos marinos y tortugas estén científicamente confirmadas. Y hay que distinguir: el conocimiento que aportó la prospección es geofísico (los mapas tridimensionales del subsuelo); la biodiversidad que reveló Sub200 era, en cambio, completamente nueva. La pregunta que esta nota deja abierta no es si ese conocimiento vale, sino a qué costo se obtiene y quién lo paga.

Uruguay podría ejercer esa soberanía teniendo un buque oceanográfico que no tiene.

Esta columna de opinión no sostiene que la exploración offshore sea ilegítima ni acusa a ANCAP de actuar de mala fe. Señala una asimetría: las empresas sísmicas aseguran su negocio, aparezca o no petróleo; las petroleras reducen su riesgo comprando información antes de invertir; el Estado obtiene un activo cuyo aprovechamiento autónomo depende de condiciones de entrega que todavía no son públicas; y el ecosistema marino absorbe un costo cierto, inmediato y sin compensación. A todo eso se suma un proceso con escaso escrutinio externo. La Institución Nacional de Derechos Humanos estudió el caso desde abril de 2025 y recomendó suspender las autorizaciones; el Ministerio de Ambiente las otorgó igual, en diciembre de 2025. Y aunque hay demandas en trámite, la Justicia todavía no se pronunció sobre el fondo de la legalidad de los contratos.

De ahí las preguntas que siguen sin respuesta. ¿Qué se entrega exactamente, y en qué condiciones, para que la propiedad de los datos sea algo más que una fórmula jurídica? ¿Por qué se habilita una perturbación acústica de escala industrial cuando la única medición de campo de sus efectos tiene diez años, no fue concluyente y ni siquiera relevó recursos como el cangrejo rojo ni los organismos que sostienen la trama marina? ¿Y por qué el Estado no cobra nada por adelantado —en los contratos de producción compartida con las petroleras— (sin regalías ni bonos de firma, con una renta que solo llegaría si hay producción comercial) mientras asume desde ya, y en soledad, el costo ambiental?

El conocimiento puede ser una forma de soberanía. Pero necesita de transparencia para que se pueda ejercer sobre contratos que se tienen que poder leer, con condiciones de entrega que se hagan públicas y costos ambientales que se midan de forma independiente.

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