Prospección sísmica, principio de precaución, y soberanía ambiental.
En el fondo del océano frente a la costa uruguaya se está produciendo una de las intervenciones ambientales más intensas que puede realizar la industria petrolera: explosiones acústicas repetidas, capaces de atravesar kilómetros de agua y sedimentos para revelar lo que hay bajo el subsuelo marino. Es la tecnología de prospección sísmica, basada en cañones sísmicos de aire comprimido (conocidos como airguns) que generan pulsos sonoros de enorme potencia. El objetivo es encontrar hidrocarburos. El efecto colateral es someter al océano a niveles de ruido que podrían alterar ecosistemas enteros.
Hasta ahí, nada especialmente nuevo en la exploración offshore global. Lo que vuelve particularmente incómoda la situación uruguaya es otra cosa: mientras el proceso de autorización ambiental avanzaba, empezaba a aparecer nueva evidencia científica sobre los ecosistemas marinos profundos del país.
Esa evidencia comenzó a emerger, entre otros esfuerzos científicos, a partir del Proyecto Uruguay Sub200, que ha venido documentando la presencia de comunidades bentónicas complejas y ecosistemas profundos que hasta hace poco prácticamente no estaban presentes en la agenda de la política pública nacional.
Cuando el conocimiento científico cambia, las decisiones públicas deberían cambiar con él.
Ese es, precisamente, el espíritu del principio de precaución, consagrado a nivel internacional en la Declaración de Río sobre Medio Ambiente y Desarrollo: actuar con prudencia cuando existen indicios de riesgo ambiental significativo, incluso si la evidencia todavía es incompleta.
Sin embargo, en el caso de la prospección sísmica en Uruguay, el proceso de autorización continuó avanzando sin que resulte claro en qué medida el nuevo escenario ambiental identificado a partir de Uruguay Sub200 haya sido considerado.
Y cuando la evidencia científica empieza a hablar pero las decisiones públicas siguen su curso sin revisarse, lo que queda planteado es una pregunta inevitable:
¿qué fue lo que realmente pesó más en este proceso: la evaluación técnica o la decisión política de avanzar?
Porque cuando se trata de ecosistemas profundos (invisibles para la mayoría de la sociedad, pero fundamentales para el equilibrio del océano) el no haber considerado esto nuevo incide en las decisiones.
Y el silencio institucional puede terminar siendo tan estruendoso como el ruido de los propios cañones sísmicos.
Un mar que recién empezamos a conocer
Durante décadas Uruguay vivió prácticamente de espaldas a su territorio marítimo. El océano era, para la política pública, un espacio distante: relevante para la pesca y para el paisaje costero, pero poco explorado desde el punto de vista científico.
Esa situación empezó a cambiar lentamente en los últimos años. Investigaciones oceanográficas comenzaron a mostrar que el margen continental uruguayo es mucho más complejo de lo que se pensaba.
Los estudios asociados al Proyecto Uruguay Sub200 y a otras iniciativas científicas están revelando la presencia de ecosistemas profundos potencialmente vulnerables, incluyendo comunidades bentónicas complejas formadas por corales de aguas frías, esponjas y otros organismos estructurales.
Estos organismos funcionan como verdaderos ingenieros del ecosistema, generando hábitats para múltiples especies.
El problema es que muchos de ellos crecen a ritmos extremadamente lentos. Algunos corales de aguas profundas pueden tardar décadas o incluso siglos en desarrollarse. Eso significa que, cuando estos ecosistemas se alteran, su capacidad de recuperación es extremadamente limitada.
Lo que puede dañarse en minutos puede tardar generaciones en regenerarse.
El ruido del subsuelo
La prospección sísmica offshore utiliza sistemas conocidos como airguns, dispositivos que liberan pulsos de aire comprimido hacia el fondo marino para generar ondas acústicas que permiten mapear estructuras geológicas profundas.
Estos pulsos pueden superar los 230 decibeles, niveles de intensidad sonora que se propagan a grandes distancias bajo el agua.
Numerosos estudios científicos han documentado efectos potenciales sobre la fauna marina, incluyendo alteraciones en patrones migratorios de cetáceos, cambios en conductas alimentarias y respuestas fisiológicas al estrés acústico.
En ecosistemas profundos el conocimiento aún es limitado. Pero justamente por eso el debate científico adquiere mayor relevancia.
Porque cuando el conocimiento es incompleto, la prudencia debería aumentar, no disminuir.
Ese es el fundamento del principio de precaución.
El peso de lo político frente a lo técnico
Otro aspecto particularmente inquietante del proceso de autorización es la forma en que se construyeron algunas de las llamadas “medidas excepcionales de prevención” asociadas a estas actividades.
En definitiva, este tipo de medidas debería surgir de procesos de carácter técnico, basados en análisis científico de riesgos y en la definición de mecanismos de mitigación sustentados en evidencia disponible. Su carácter excepcional, así como la falta de experiencia en su aplicación, podría plantear grandes interrogantes sobre su alcance y función.
En ese sentido, surge la preocupación de que, ante escenarios de incertidumbre relevantes respecto de los impactos de una actividad, en lugar de activarse plenamente el principio de precaución, podrían incorporarse sucesivas medidas de mitigación.
El problema no radica en la existencia de estas medidas, sino en el rol que eventualmente cumplen dentro del proceso de decisión.
En ese punto, podría observarse un desplazamiento en la arquitectura regulatoria, lo que abre el interrogante sobre si, en determinados contextos, lo político podría adquirir un mayor peso que lo técnico en la toma de decisiones ambientales.
La falacia de los contratos
En el debate público comenzó a instalarse otro argumento: la idea de que el Estado uruguayo estaría condicionado por los contratos firmados con empresas petroleras y que revisar decisiones podría afectar la seguridad jurídica del país.
Los contratos de exploración petrolera firmados por Uruguay (a través de la Administración Nacional de Combustibles, Alcohol y Portland) no otorgarían un derecho automático a realizar estas actividades con impacto ambiental.
Este tipo de contratos establecen que las actividades de exploración y prospección están condicionadas al cumplimiento de la normativa ambiental vigente y a la obtención de las autorizaciones correspondientes.
La habilitación ambiental no es un trámite subordinado al contrato.
Es exactamente al revés.
La evaluación ambiental, administrada por el Ministerio de Ambiente de Uruguay, es la que determina si las actividades pueden o no realizarse, y en caso que si, cómo.
Ese principio se enmarca en la Ley N.º 17.283 (Ley General de Protección del Ambiente de Uruguay), que establece que la protección del ambiente es de interés general y que las actividades potencialmente contaminantes deben ser evaluadas antes de su ejecución.
Revisar autorizaciones cuando aparece nueva evidencia científica no debilita la seguridad jurídica.
La fortalece.
Porque la verdadera seguridad jurídica no consiste en garantizar que los proyectos se ejecuten pase lo que pase.
Consiste en que todos los actores, incluidas las empresas, sepan que las reglas ambientales se aplican con seriedad.
Soberanía ambiental
Cuando un país empieza a actuar como si estuviera atado de manos por contratos que en realidad están condicionados por la normativa ambiental, el problema deja de ser jurídico.
Pasa a ser político.
Porque lo que está en juego es la soberanía ambiental del Estado.
La soberanía sobre los recursos naturales no se ejerce solamente firmando contratos para su explotación.
Se ejerce también cuando el Estado es capaz de revisar decisiones a la luz de nueva evidencia científica y ajustar su política pública para proteger ecosistemas vulnerables.
Dicho de otra manera: la soberanía no consiste solamente en autorizar actividades económicas sobre el territorio; consiste también en tener la capacidad de decir “todavía no” cuando el conocimiento científico indica que el riesgo podría ser demasiado alto.
Lo que se publica
Hay algo todavía más incómodo en todo este proceso.
Porque si el problema fuera únicamente la tensión entre decisiones políticas y evidencia científica, el panorama sería preocupante pero esperable.
El punto es que, en este caso, la difusión de conocimiento podría estar condicionada.
El acuerdo entre la Facultad de Ciencias y ANCAP incluye mecanismos de autorización por parte de la empresa para la difusión de información, lo que podría plantear interrogantes respecto de la autonomía en la comunicación científica en este tipo de contextos.
No se trata de un detalle administrativo, sino de un problema estructural de independencia científica.
En esas circunstancias, podrían generarse tensiones en la confianza sobre el rol de la ciencia como insumo crítico para la toma de decisiones públicas.
La situación es especialmente delicada en contextos de alta incertidumbre ambiental.
Porque cuando los impactos no están completamente comprendidos, lo que se necesita es más apertura, más circulación de información, más debate científico independiente.
No menos.
Sin embargo, el esquema que emerge podría llegar a ser el contrario: la difusión de conocimiento en contextos donde existen instancias de autorización en la difusión de información por parte de actores vinculados a la actividad, en un tema donde lo que está en juego es la integridad de ecosistemas que el país recién comienza a comprender.
Esto no solo debilita la calidad del debate público.
Debilita algo más profundo: la confianza en que las decisiones ambientales se están tomando sobre la base de información libre, accesible y científicamente robusta.
El ruido de los cañones y el silencio
Uruguay recién está empezando a conocer su mar profundo.
Los avances científicos de los últimos años muestran que ese territorio es mucho más complejo, y mucho más frágil, de lo que se pensaba hace apenas una década.
En ese contexto, el principio de precaución no es un freno al desarrollo.
Es, justamente, una herramienta que permite evitar decisiones que después no tienen retorno.
Porque cuando el daño ocurre en el océano profundo, casi siempre queda fuera del radar público.
Pero eso no lo vuelve menos relevante.
Cuando la evidencia científica podría no estar logrando incidir de manera clara en las decisiones, cuando las medidas de mitigación pasarían a ocupar un lugar más visible frente a instancias que evalúen el riesgo, y cuando la producción de conocimiento se podría desarrollar en el marco de acuerdos institucionales que establecen condiciones para su difusión, el escenario que se configura difícilmente podría interpretarse como un hecho aislado.
Más bien, abre una serie de interrogantes sobre cómo se están procesando estos elementos en la toma de decisiones. Interrogantes en los que el ruido existe, pero no siempre resulta evidente de qué manera es incorporado.
La pregunta de fondo, entonces, deja de ser únicamente qué sabemos sobre el mar uruguayo.
Pasa a ser cómo se integran esos conocimientos en los procesos de decisión.
Porque comienza a aparecer nueva evidencia, y también señales que apuntan en esa dirección. Sin embargo, no siempre resulta claro cómo se reflejan en las decisiones que finalmente se adoptan.
Por eso, más que el ruido de los cañones sísmicos, lo que empieza a adquirir protagonismo es otra cosa, el silencio.
Un silencio que podría llegar a interpretarse como la dificultad de traducir información disponible en decisiones que reflejen plenamente el principio de precaución.
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