Bitácora de una expedición a nuestra última frontera
Después de décadas de mirar hacia tierra firme, Uruguay finalmente ha dado el paso firme y necesario de mirar el mar, ese territorio que duplica la superficie continental y que, pese a su magnitud, muchas veces ha permanecido invisibilizado en nuestra cultura y nuestras políticas públicas. Esa mirada, sin embargo, no es neutral ni resignada: es una decisión política y ética.
La expedición *Uruguay SUB200*, que inició el pasado 22 de agosto de 2025, marca una línea de antes y después en la investigación marina uruguaya. Navegando a bordo del Falkor (too), una de las embarcaciones oceanográficas más avanzadas del planeta, y con el apoyo del Schmidt Ocean Institute, un equipo interdisciplinario uruguayo e internacional de más de 36 científicos se embarca en un viaje de descubrimiento por las profundidades de nuestra plataforma continental. ¿Cuál es el sentido histórico y político de este acontecimiento? ¿Por qué la ciudadanía debe seguir de cerca este viaje y hacerlo propio, como acto de soberanía y responsabilidad ambiental? Las respuestas a estas preguntas no surgen del entusiasmo pasajero, sino de una toma de conciencia sobre el rol de la ciencia, la ética ambiental y la participación pública en la defensa del interés colectivo.

La expedición toma lugar en un contexto de creciente presión sobre los bienes comunes marinos, donde la exploración petrolera y pesquera avanzan a ritmo vertiginoso, y los riesgos ambientales se multiplican en escenarios de incertidumbre. Frente a ese panorama, Uruguay SUB200 representa no solo un salto de calidad científica y tecnológica, sino también, y especialmente, una reafirmación política de defensa de nuestra soberanía, sustentada en el principio precautorio ambiental y la legitimación ciudadana a través de instancias participativas claves.
La cronología de Uruguay SUB200: ciencia, diplomacia y sociedad civil
Uruguay SUB200 no es un relámpago aislado, sino el resultado de años de gestión y de imaginación científica. La cronología del proyecto permite rastrear sus distintos momentos de legitimación, desde la postulación y selección internacional a cargo del Schmidt Ocean Institute por iniciativas de docentes universitarios, pasando por la articulación institucional entre la Universidad de la República (CURE y Facultad de Ciencias), el Ministerio de Ambiente, la Dirección Nacional de Recursos Acuáticos (DINARA), el Servicio de Oceanografía, Hidrografía y Meteorología de la Armada (SOHMA), el Museo Nacional de Historia Natural (MNHN), el Instituto de Investigaciones Biológicas Clemente Estable (IIBCE) y organizaciones no gubernamentales como Carumbé. La expedición cuenta, asimismo, vale destacarlo, con el involucramiento de entidades internacionales, lo cual no implica dependencia, sino una apuesta a la inserción global sobre bases de igualdad y reciprocidad.
En agosto de 2025, la sociedad uruguaya asiste a una conferencia de prensa que anticipa la magnitud simbólica y material de esta campaña científica. Durante casi un mes, la travesía recorrerá 50 sitios sumergidos, cruzando cañones submarinos, jardines de corales y ecosistemas abisales inexplorados, en profundidades que irán desde los 200 metros hasta los 3.500, con margen de llegar hasta los 4.500 metros gracias al robot submarino SuBastian.
El cronograma de la expedición no es solo técnico ni administrativo: es, sobre todo, construcción de lo público. Cada descenso del ROV SuBastian, cada transmisión en vivo y cada bit de información compartida son actos de apertura radical del conocimiento, de devolución a la sociedad que financia y legitima la investigación científica. Esta lógica permea la perspectiva de la Universidad de la República y del sector público: la ciencia no es patrimonio de los laboratorios cerrados, sino capital común y plurinacional.

El principio precautorio ambiental como columna vertebral normativa y ética
Ningún proyecto científico, y menos aún una expedición de exploración marina puede ni debe declararse al margen de los desafíos éticos, políticos y legales que plantea la crisis ambiental global. Aquí, el papel del principio precautorio es central y debe erigirse como el eje estructurante del relato SUB200, tanto en sentido normativo como ético.
El principio precautorio no es un lujo ni una moda: es la reacción civilizatoria ante la incapacidad de la ciencia, por sí sola, para anticipar los múltiples impactos de la intervención humana sobre sistemas complejos y poco conocidos.
Como define la Declaración de Río sobre Medio Ambiente y Desarrollo (Principio 15): “Cuando haya peligro de daño grave o irreversible, la falta de certeza científica absoluta no deberá utilizarse como razón para postergar la adopción de medidas eficaces en función de los costos para impedir la degradación del medio ambiente”. Este criterio, recogido en numerosos tratados internacionales (Convención sobre el Derecho del Mar, Convenio sobre la Diversidad Biológica, OSPAR, entre otros), exige actuar con responsabilidad ante la amenaza incierta, privilegiando la protección de los bienes comunes, incluso cuando la prueba científica no es concluyente.
En Uruguay, si bien la definición y aplicación del principio precautorio en nuestra arquitectura legal ha avanzado, todavía subsiste una brecha entre el discurso jurídico y sus mecanismos efectivos de implementación. Según la doctrina nacional y regional, la clave del principio radica en tres elementos: 1) ausencia o insuficiencia de certeza científica; 2) identificación plausible de amenaza ambiental; 3) nivel de gravedad e irreversibilidad del daño potencial.
Este enfoque demanda una ética de humildad, pero también una política de compromiso: no basta con esperar resultados científicos, hay que pensar y actuar con una visión preventiva e intergeneracional. La expedición Uruguay SUB200 se presenta con este paradigma: explorar sin destruir, tomar muestras bajo estrictos lineamientos de mínima intervención, priorizar la observación y el registro por sobre la explotación de recursos. Se trata de “iluminar la oscuridad llena de vida” del océano, como dijeron los propios investigadores, sin convertir ese acto en una amenaza para los equilibrios ecológicos ya de por sí acechados por la sobrepesca, el cambio climático y la exploración de hidrocarburos.

No obstante, como señalan especialistas, subsisten desafíos para asegurar la efectividad de la precaución: dificultades probatorias, falta de mecanismos ágiles para adoptar medidas cautelares, rigidez en la atribución de la carga de la prueba, y ausencia de un sistema jurídico de daño ambiental plenamente funcional y con enfoque de intereses difusos. De allí la importancia de resguardar, en todo proyecto de intervención en el mar, la centralidad del principio precautorio como verdadero límite y brújula ética, y de fortalecer los instrumentos institucionales para que la solicitud de estudios de impacto y la adopción de medidas inmediatas no sean meras formalidades.
Dinámica institucional: dependencias de DINARA y gobernanza marina
Hablar de soberanía marina supone preguntarse: ¿quién define, regula, protege y representa los intereses del país en el mar? En Uruguay, la Dirección Nacional de Recursos Acuáticos (DINARA), dependiente del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca (MGAP), es el organismo rector de la política pesquera y de regulación de la explotación de recursos acuáticos.
DINARA tiene como cometido investigar, administrar, controlar y certificar la pesca y la acuicultura, asegurando criterios de conservación, sostenibilidad y sanidad alimentaria de los productos pesqueros. La institución, sin embargo, arrastra una crisis estructural por reducción de personal, deficiencia en recursos técnicos y falta de planificación estratégica, tal como reconocen sus propios informes internos.
Esta situación afecta la capacidad del Estado para ejercer una gobernanza integral y para negociar en pie de igualdad frente a intereses privados o transnacionales —por ejemplo, en el caso de la prospección sísmica y petrolera en la plataforma continental. La precariedad de la DINARA es, en última instancia, precariedad de la soberanía: cuando el Estado no puede controlar ni proteger su patrimonio marino, lo deja librado a la lógica del mercado y de la rentabilidad privada, en desmedro de los derechos ambientales y sociales de la ciudadanía.
Reforzar la capacidad institucional de DINARA y garantizar su articulación con otros organismos (Ministerio de Ambiente, Armada Nacional, Universidad de la República y organismos de ciencia) es, por tanto, condición de posibilidad para una soberanía marina efectiva y democrática.
Soberanía marina uruguaya: territorio, derechos y desafíos
Uruguay cuenta desde 1998 con la Ley 17.033 de Espacio Marítimo, que define el alcance de la soberanía nacional a doce millas marinas de mar territorial, doscientas millas de zona económica exclusiva y un límite extendido de plataforma continental, alcanzando desde 2016 más territorio bajo aguas que sobre tierra firme. Esta extensión fue el resultado de una larga batalla diplomática y técnica, con participación clave de la Armada, la Cancillería y equipos científicos.
El concepto de “Uruguay Marítimo” sostiene hoy un giro en la concepción de nuestra territorialidad, que debe trasladarse de lo discursivo a lo efectivo: no basta con declarar soberanía en los papeles; es necesario ejercerla, defenderla y hacerla parte de la identidad nacional. Eso implica actuar en clave de responsabilidad colectiva: preservar ecosistemas críticos, prevenir la sobreexplotación, transparentar los procesos de extracción y regular con visión de largo plazo. También requiere una cultura oceánica, con educación y divulgación capaces de inspirar a generaciones que vean el mar no solo como horizonte sino como futuro.
El Uruguay SUB200, en tanto hito científico y participativo, se inscribe en esa agenda. Es un acto de soberanía en la medida en que implica conocer para cuidar, acceder al capital de información adecuado para tomar decisiones soberanas e impedir que la ignorancia (propia o inducida desde intereses externos) abrace la resignación o el despojo.
Audiencia pública del 5 de agosto de 2025: legitimación ciudadana y política
Hay fechas que condensan la tensión entre el modelo extractivista y la defensa de los bienes comunes. La audiencia pública del 5 de agosto de 2025, convocada por el Ministerio de Ambiente en Maldonado, es una de ellas: una cita que resulta bisagra y que debe ser señalada como ejemplo de ejercicio ciudadano y de rectificación de métodos políticos para la toma de decisiones sobre el mar.
La audiencia, realizada en formato híbrido y transmitida en vivo, llevó a la discusión dos proyectos de prospección petrolera offshore, poniéndolos bajo el lente de la Evaluación de Impacto Ambiental, un requisito ineludible en la categoría “C” para actividades con potencial de daño significativo. Allí confluyeron empresas multinacionales, técnicos, organizaciones de la sociedad civil, colectivos ambientalistas y pescadores artesanales, todos con un mismo derecho a la palabra y a la demanda de información y transparencia.
A la salida, los carteles en la puerta no dejaron lugar a dudas: “Mar libre de petroleras. El mar y la vida se cuidan, no se venden” sintetizaban el estado de ánimo de un movimiento social que rechaza la primacía de la rentabilidad cortoplacista sobre la preservación ambiental y el interés futuro. La audiencia no fue una mera formalidad, sino la condición de legitimidad de cualquier intervención: una instancia donde la función del Estado no es conciliar de antemano el progreso con el ambiente, sino escuchar, recoger aportes y, fundamentalmente, no utilizar la falta de certeza científica como excusa para rehuir la protección de lo irreemplazable.

No es casual que, en los debates y consignas, resonara reiteradamente la invocación al principio precautorio, tanto en intervenciones ciudadanas como en la fundamentación técnica.
Primeros afectados, científicos y activistas coincidieron en las alertas sobre el daño potencial a la biodiversidad, particularmente en los cañones y bancos que la expedición Uruguay SUB200 identifica como ecosistemas clave y vulnerables.
Si acaso algún punto quedó claro en la audiencia pública, es que en ningún momento los estudios de impacto ambiental presentados hicieron foco en lo que les pasa a los organismos bentónicos. Toda la defensa se estructuraba sobre la minimización de los efectos sobre los organismos vivos en tanto son considerados recursos pesqueros o son objeto de una vigilancia mundial como son las ballenas y tiburones. Del bentos, como parte fundamental de la cadena trófica, prácticamente no se habló.
El principio precautorio como marco de acción y no simple relato
Mucha tinta se ha gastado en distinguir el principio precautorio del preventivo, y mucho se suele reducir su aplicabilidad a la esfera de la “duda” científica. Pero el principio precautorio, bien entendido, es una matriz de acción política responsable y justa. Obliga a que, ante una amenaza plausible de daño grave o irreversible, la ausencia de conocimiento perfecto no sea pretexto para la inacción. Y va más allá: exige la reversión de la carga de la prueba, de modo que sean quienes proponen actividades riesgosas quienes deban demostrar la inocuidad, y no la sociedad quien cargue con el peso de probar el peligro.
La experiencia latinoamericana, reflejada en la legislación argentina y en la jurisprudencia regional, además de la adhesión uruguaya al Acuerdo de Escazú sobre acceso a la información y justicia en materia ambiental, refuerza esta visión. El principio, en última instancia, es también una herramienta de justicia ambiental e intergeneracional, pues protege a quienes ni siquiera han nacido y son ajenos a las lógicas cortoplacistas del mercado.
Hacia un cierre: el mar como mandato
Corremos el riesgo, si no actuamos, de dejar nuestro futuro marino atrapado en el extractivismo de la ignorancia y la resignación. La expedición Uruguay SUB200 es una oportunidad para virar el timón: abrir los ojos al océano, apostar por una ciencia autónoma, democrática y valiente, y fundar, en la praxis del principio precautorio y en la legitimidad de la participación pública, una verdadera soberanía marina uruguaya.
La audiencia pública del 5 de agosto de 2025 quedará como fecha bisagra de esa transición. El desafío es sostener este impulso: dignificar el rol de las instituciones, fortalecer el músculo técnico de la DINARA, categorizar las propuestas emergentes y exigir a cada gobierno que las sostenga con recursos y voluntad política. El Uruguay SUB200 solo será realmente nuestro si hacemos que cada descubrimiento sea patrimonio común y cada decisión, un acto de justicia ambiental e intergeneracional.
El mar uruguayo no será simplemente un espacio para explotar ni un mapa en la pared: será, si así lo exigimos, el reflejo de una comunidad política madura, que actúa guiada por el principio precautorio, la ética del cuidado y la convicción de que no hay mayor soberanía que la que se ejerce colectivamente, con ciencia, con arte y con participación. De nosotros depende que el viaje al corazón del océano se convierta en un mandato nacional y regional, inclusivo y consciente. Si así lo entendemos, tal vez tengamos derecho a imaginar que, algún día, el mar finalmente será nuestro.
Mientras podíamos disfrutar de las primeras imágenes del fondo del mar uruguayo en el Lance 01, Leticia Burone, integrante del equipo científico uruguayo, decía:
“para preservar hay que conocer”.

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